El Estado de Jalisco reconoce la existencia de integrantes indígenas de otros pueblos indígenas procedentes de otros Estados de la República, que prestan un servicio personal subordinado, permanente o temporal, en los campos agrícolas de Jalisco, para que gocen de los derechos que en lo individual o en locolectivo reconoce la “ley Sobre los Derechos y el Desarrollo de los Pueblos y las Comunidades Indígenas del Estado de Jalisco”.
MUNICIPIOS CON POBLACION INDÍGENA JORNALERA AGRÍCOLA
· Ameca
· Arandas
· Autlán de Navarro
· Casimiro Castillo
· Cihuatlán
· Cuautitlán de García Barragán
· El Grullo
· Mazamitla
· San Juan de los Lagos
· San Martín Hidalgo
· Talpa de Allende
· Tamazula de Gordiano
· San Gabriel
· Tomatlán
· Zapotiltic
· Zapotitlán de Vadillo
PUEBLO INDÍGENA DE PROCEDENCIA
· Nahua
· Mixteco
· Maya
· Purépecha
· Tzeltal
· Zapoteco
· Entre otros
Adjunto
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